Bares y restaurantes deberán identificar en sus cartas los productos catamarqueños

Las personas físicas o jurídicas titulares de bares, restaurantes y demás comercios del rubro gastronómico, deberán incluir en sus cartas a los productos y platos, menús, postres, bebidas, tragos, etc., catamarqueños con las denominaciones “Producto Catamarqueño” y “Receta Catamarqueña”, que se resaltarán con tipografía distintiva, entre paréntesis, o de acuerdo con criterios adoptados por la autoridad de aplicación.

Esta mañana la Cámara de Diputados, que preside Fernando Jalil, dio media sanción a un proyecto de ley que, en este sentido, propuso el diputado Maximiliano Rivera.

La media sanción establece a la Dirección Provincial de Calidad Turística, dependiente de la Secretaría de Estado de Turismo de la Provincia de Catamarca, o el organismo que lo reemplazare en el futuro, como Autoridad de Aplicación.

Indica además que es la Secretaría de Estado de Turismo quien deberá crear programas de apoyo específicos y campañas de difusión a fines de estimular el cumplimiento de la misma.

Su incumplimiento permitirá a la Autoridad de Aplicación a establecer apercibiendo y multa en  caso de reincidencia, cuyos montos, plazos y demás circunstancias regulatorias serán establecidas por vía reglamentaria.

Los fondos que ingresen en concepto de multas se depositarán en una cuenta especial en la jurisdicción de la Autoridad de Aplicación, y serán destinados a realizar actividades que permitan impulsar capacitaciones en los comercios y establecimientos del rubro gastronómico, con el fin de fortalecer la promoción de los ítems contemplados en la normativa.

El plazo para cumplimentar con los términos contemplados en  la presente Ley será de seis (6) meses, a partir de su publicación.

“Por la vinculación que tiene con la cultura y con el turismo, el proyecto viene a dar un pequeño envión, un aliciente a la actividad gastronómica, pero sobre todo a este sentirnos orgullosos de lo propio, de lo nuestro”, explicó el diputado Rivera.